Preguntas frecuentes

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Preguntas frecuentes

Si no tienes codeudores o no completas los requisitos necesarios, pregunta por la opción de constituir una fiducia con Bancolombia.
Consulta el resultado aquí o comunícate al 601 6381000 y resuelve todas tus dudas.
Sí es posible; comunícate con nuestra línea para conocer los pasos a seguir.
No hay necesidad de registrarlo, infórmale a tu arrendatario que vas a tomar nuestra póliza de arrendamiento y que presente el estudio de arrendamiento, una vez aprobado, radica la documentación necesaria para elaborar el contrato de arrendamiento.
• Fotocopia de cédula.
• Cámara de comercio con vigencia no mayor a 60 días, junto con la fotocopia de cédula del representante legal (si eres persona jurídica).
• Si tienes apoderado, debes radicar un poder amplio y suficiente.
• Si el inmueble está bajo la modalidad de Leasign, debes radicar la copia del contrato de Leasign Habitacional y la autorización de subarriendo dada por el banco. • RUT para inmuebles de uso comercial. • Diligenciar los formularios en línea que remitimos al email del propietario para gestionar el contrato.
De acuerdo con la Ley 820/2003, el incremento para vivienda urbana es del 100 % del IPC; para inmuebles comerciales es de acuerdo con lo pactado por las partes en el contrato de arrendamiento.